Aviso por giro · Gimnasios y fitness

Aviso de privacidad para un gimnasio

Si tu acceso es por huella o reconocimiento facial, tratas datos biométricos —de los más delicados que hay—. Súmale el cuestionario de salud (PAR-Q), las lesiones que registras y los cargos recurrentes de la membresía, y verás por qué un aviso genérico no le sirve a un gimnasio.

El dato que define al giro es el biométrico de control de acceso: la plantilla de huella o de rostro que abre tu torniquete. Es un dato que identifica de forma única a la persona y cuyo uso indebido es difícil de remediar (no puedes “cambiar” tu huella), por eso merece un cuidado reforzado y consentimiento expreso. Regla de oro que tu aviso debería reflejar: ofrece una alternativa no biométrica (tarjeta, llavero o PIN) para quien no quiera entregar su huella; condicionar el servicio a ceder un biométrico es justo lo que la autoridad observa.

Además tratas estado de salud: el cuestionario de aptitud física (PAR-Q), padecimientos, lesiones y a veces composición corporal —todo dato sensible del artículo 8—. Y por el lado comercial, la membresía suele venderse con contrato de adhesión y cargos recurrentes: eso te ata a la Ley Federal de Protección al Consumidor (registro del contrato ante PROFECO cuando aplica) y a informar con claridad la domiciliación. Tu aviso y tu contrato de membresía van de la mano.

Qué datos recaba un gimnasio (incluido el biométrico de acceso)

  • cuestionario de aptitud física (PAR-Q) o declaración de antecedentes clínicos
  • número de llavero, credencial o pulsera de socio
  • plantilla biométrica de huella o rostro para el torniquete de acceso
  • registro de accesos con fecha y hora
  • plan de entrenamiento y plan nutricional
  • medición de composición corporal y su evolución
  • resultados en eventos y retos deportivos organizados por el club
  • registro de incidentes y lesiones ocurridos en las instalaciones
  • datos de dependientes y beneficiarios de la membresía
  • estatus de la membresía, congelamientos y reactivaciones

Biométricos y salud: los datos sensibles de tu giro

Sensibles del giro (art. 8: consentimiento expreso y por escrito):

Datos biométricos de control de acceso: huella dactilar y reconocimiento facial
Son datos sensibles cuando permiten identificar unívocamente a la persona, que es precisamente su función en el torniquete del gimnasio. Requieren consentimiento expreso y por escrito, una finalidad concreta y proporcional, y una alternativa razonable de acceso para quien no consienta. El INAI ya sancionó a un gimnasio por exigir huella dactilar de acceso sin cumplir todos los requisitos de ley; la existencia del aviso no basta si el titular no tiene opción.
Estado de salud presente, pasado y futuro: padecimientos, enfermedades crónicas, hipertensión, cardiopatías, lesiones, cirugías y medicamentos
Es el dato sensible declarado con mayor frecuencia en el corpus. Se recaba mediante el cuestionario de aptitud física (PAR-Q) para prevenir riesgos y recomendar la carga de entrenamiento. Consentimiento expreso y por escrito.
Composición corporal: peso, talla, porcentaje de grasa, masa muscular, presión arterial y aptitudes físicas
Información sobre el estado de salud y por tanto sensible, aunque casi ningún aviso del corpus la califique así. Se trata para diseñar el plan de entrenamiento y medir su evolución.
Datos nutricionales, hábitos alimenticios y restricciones dietéticas
Sensible por su vínculo con el estado de salud. Aparece expresamente declarado en el corpus.
Lesiones e incidentes ocurridos dentro de las instalaciones y auxilio médico prestado
Estado de salud; sensible. Se conserva para atender la emergencia y para la eventual reclamación de responsabilidad.
Datos personales de menores de edad y de personas en estado de interdicción
No son sensibles por sí mismos, pero su tratamiento exige que quien contrata acredite la patria potestad, tutela o representación legal, y otorgue consentimiento específico; con mayor razón cuando se recaba su biometría de acceso.

Para qué usa los datos tu gimnasio

Finalidades primarias (dan origen a la relación; sin casilla de negativa):

  • Gestionar el alta, la vigencia, el congelamiento, la reactivación y la baja de la membresía del titular y de sus beneficiarios
  • Prestar los servicios deportivos, las clases y el entrenamiento contratados en la membresía seleccionada
  • Identificar y reconocer al titular como cliente y crear su registro físico y electrónico
  • Gestionar, controlar y administrar el acceso del titular a las instalaciones, incluido el uso de sus datos biométricos cuando así lo haya consentido expresamente
  • Procesar el cobro de la membresía y de los servicios adicionales, incluido el cargo recurrente domiciliado autorizado por el titular
  • Emitir las facturas y los comprobantes fiscales digitales por los servicios prestados
  • Evaluar la aptitud física y el estado de salud del titular para prevenir riesgos y recomendar el acondicionamiento físico y el plan nutricional idóneos
  • Atender emergencias, accidentes e incidentes ocurridos en las instalaciones, brindar auxilio médico y contactar a la persona designada por el titular
  • Resguardar la seguridad y protección de las personas, las instalaciones y los bienes, incluida la operación del sistema de videovigilancia
  • Formalizar y dar cumplimiento al contrato de prestación de servicios celebrado con el titular
  • Gestionar y dar seguimiento a quejas, sugerencias, aclaraciones y solicitudes de información del titular
  • Crear y administrar el perfil del titular en la aplicación móvil y en los servicios digitales del club
  • Reservar clases, sesiones de entrenamiento personal y espacios del club
  • Dar cumplimiento a las obligaciones legales, fiscales y regulatorias y atender requerimientos de autoridad

Tus encargados (control de acceso biométrico, gestión de socios, cobros)

Encargados (tratan datos por tu cuenta; no son transferencias):

  • Proveedor del sistema de control de acceso y de los lectores biométricos — Registro, cotejo y resguardo de la plantilla biométrica de huella o rostro por cuenta del Responsable
  • Proveedor del sistema de gestión de socios y membresías (por ejemplo Evolution, ABC Fitness, Trainingym o Zenoti) — Administración de altas, vigencias, accesos, reservación de clases y expediente del socio
  • Proveedor de pasarela de pago y de domiciliación de cargos recurrentes — Procesamiento del cobro de la membresía con tarjeta o cargo domiciliado
  • Proveedor autorizado de certificación (PAC) — Emisión y timbrado de comprobantes fiscales digitales
  • Proveedor de videovigilancia y monitoreo — Instalación, operación y resguardo de las grabaciones del circuito cerrado
  • Proveedor de desarrollo y soporte de la aplicación móvil del club — Operación de la aplicación y de las funcionalidades contratadas
  • Proveedor de hospedaje web y almacenamiento en la nube — Alojamiento de los sistemas y respaldo cifrado de la base de socios
  • Proveedor de mensajería instantánea (WhatsApp Business) — Comunicación con el socio y recordatorio de clases y pagos
  • Plataforma de envío de correo masivo y notificaciones — Ejecución de campañas de comunicación por cuenta del Responsable
  • Proveedor de analítica web y medición publicitaria — Medición del tráfico del sitio, de la aplicación y de la efectividad de las campañas

Transferencias: urgencias médicas, SAT y autoridad

Transferencias (a terceros que usan los datos para fines propios; excepciones, art. 36):

  • Servicios médicos de urgencia, ambulancias y hospitales — Prestación de asistencia médica en caso de emergencia, accidente o lesión ocurrida en las instalaciones, incluida la comunicación de los datos de salud necesarios para la atención (art. 36 fr. II LFPDPPP (necesaria para la prevención o el diagnóstico médico, la prestación de asistencia sanitaria, tratamiento médico o la gestión de servicios sanitarios))
  • Servicio de Administración Tributaria (SAT) — Emisión de comprobantes fiscales y cumplimiento de obligaciones fiscales (art. 36 fr. I LFPDPPP (transferencia prevista en una Ley o Tratado del que México sea parte))
  • Autoridades administrativas y judiciales competentes — Atención de requerimientos legales, denuncias e investigación de hechos ocurridos en las instalaciones (art. 36 fr. V LFPDPPP (necesaria o legalmente exigida para la salvaguarda de un interés público, o para la procuración o administración de justicia))
  • Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) — Atención de quejas y procedimientos conciliatorios en materia de consumo y de contratos de adhesión (art. 36 fr. V LFPDPPP (necesaria o legalmente exigida para la salvaguarda de un interés público, o para la procuración o administración de justicia))
  • Sociedades controladoras, subsidiarias, filiales y afiliadas del Responsable — Operación conjunta de clubes y franquicias bajo los mismos procesos y políticas internas, y acceso del socio a otras sucursales de la red (art. 36 fr. III LFPDPPP (sociedades controladoras, subsidiarias o afiliadas bajo el control común del responsable, o sociedad del mismo grupo que opera bajo los mismos procesos y políticas internas))
  • Instituciones bancarias y procesadores de pago con fines propios — Domiciliación del cargo recurrente, aclaración de contracargos y prevención de fraude conforme a sus propias obligaciones (art. 36 fr. IV LFPDPPP (necesaria por virtud de un contrato celebrado o por celebrar en interés del titular, por el responsable y un tercero))
  • Instituciones de seguros — Trámite de siniestros de responsabilidad civil y de accidentes ocurridos en las instalaciones (requiere consentimiento del titular)
  • Organizadores de eventos, ligas y competencias deportivas — Inscripción del titular y publicación de resultados en los eventos en que participe (requiere consentimiento del titular)
  • Juzgados y tribunales competentes — Reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial (art. 36 fr. VI LFPDPPP (precisa para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial))

Normativa sectorial que también te aplica

Normas del sector que concurren con la LFPDPPP:

  • Ley Federal de Protección al Consumidor y registro de contratos de adhesión ante la PROFECO cuando la membresía se comercializa mediante contrato de adhesión
  • Recomendaciones sobre el tratamiento de datos biométricos (documento técnico publicado en su momento por el entonces INAI, hoy extinto; sus funciones pasaron a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno). No hay normativa sectorial específica para gimnasios: aplican las reglas generales de la LFPDPPP, con especial rigor en biometría y datos de salud

A la fecha de este documento, el Reglamento de la LFPDPPP (nueva ley en vigor desde el 21 de marzo de 2025) aún no ha sido publicado: el Transitorio Décimo Segundo ordena al Ejecutivo expedir las adecuaciones a los reglamentos y demás disposiciones aplicables dentro de los noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor. Por eso ni el Reglamento ni los Lineamientos anteriores se citan como normativa en vigor; se cita la ley, y ciertos formatos y términos procesales ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno están pendientes de definirse.

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Contenido orientativo por giro con base en la LFPDPPP vigente · revisado a agosto de 2026 y la LFPC; no es asesoría legal. Reglaria no es autoridad ni tiene aval oficial.

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