Derechos ARCO

Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición

Son los cuatro derechos que la LFPDPPP te da sobre tus datos personales. Aquí resolvemos las dos situaciones que la gente confunde: la de quien quiere ejercer un derecho y la de la empresa que recibió una solicitud y no sabe cuánto tiempo tiene.

Soy titular · quiero ejercer

Genera tu solicitud ARCO, lista para enviar

El motivo #1 por el que rechazan una solicitud es la forma: le falta un elemento que exige el Art. 28. Este generador la arma completa. Se crea en tu navegador: no guardamos ni enviamos tus datos.

A dónde la mando

A la empresa que tiene tus datos: busca en su aviso de privacidad el correo o el domicilio de su departamento de datos personales. Acompaña una copia de tu identificación para acreditar que eres el titular (Art. 41). No tienes que usar ningún formato oficial: tu escrito basta si trae los elementos del Art. 28.

Qué esperar

La empresa tiene 20 días hábiles para responderte (la determinación) y, si procede, 15 días hábiles más para hacerla efectiva (Art. 31). El ejercicio es gratuito (Art. 34). Si no te responden o no quedas conforme, puedes acudir a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

Por qué casi nadie sabe cuánto esperar: en nuestro estudio, el 76% de 498 avisos legibles no declara los plazos ARCO. Si el aviso no dice el plazo, el titular no sabe cuándo reclamar. Ver el estudio →

Soy empresa · recibí una solicitud

Te llegó una solicitud ARCO. El reloj ya corre.

Lo primero que hay que entender: el plazo corre desde que la recibes, se lea o no, y se cuenta en días hábiles (la LFPDPPP define "Días" como hábiles, Art. 2, fr. VIII).

20 días hábiles

para responder (comunicar la determinación) — Art. 31

15 días hábiles

más para hacerla efectiva si procede — Art. 31

Los plazos pueden ampliarse una sola vez por un periodo igual, con justificación y aviso al titular (Art. 31, 2º párrafo). El ejercicio es gratuito para el titular (Art. 34); antes de responder, acredita que quien solicita es el titular o su representante (Art. 41).

Plantilla de respuesta (cópiala y adáptala)

Estimado(a) [nombre del titular]:

En atención a su solicitud de derechos ARCO recibida el [fecha de recepción], con folio [folio], le informamos
nuestra determinación conforme al artículo 31 de la LFPDPPP:

[ ] PROCEDENTE. Su solicitud de [acceso/rectificación/cancelación/oposición] se hará efectiva a más tardar el
    [fecha]. [Describa qué se hará: datos entregados, corregidos, cancelados o la finalidad a la que cesa el uso.]

[ ] IMPROCEDENTE / PARCIALMENTE PROCEDENTE, por la siguiente causa prevista en la ley: [causa]. Puede acudir ante
    la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno si no está conforme.

El ejercicio de este derecho es gratuito. Quedamos a sus órdenes.
[Responsable / Departamento de Datos Personales]

Cuándo SÍ puedes negarte

La ley prevé causales tasadas de negativa dentro del capítulo de derechos ARCO (Arts. 28-34). Las principales:

  • Quien solicita no es el titular ni su representante debidamente acreditado (Art. 41).
  • Los datos no obran en tu base de datos.
  • Se lesionan derechos de un tercero.
  • Existe un impedimento legal o una resolución de autoridad competente.
  • La rectificación, cancelación u oposición ya se realizó antes.

Aun cuando niegues, debes responder dentro del plazo explicando la causa. El silencio no es opción: es lo que la autoridad sanciona.

¿Tu propio aviso declara estos plazos? Si no, tus clientes no saben qué esperar —y tú quedas expuesto. Analiza tu aviso gratis → o genera uno al día →

¿Tus datos los tratamos nosotros?

Ejercer ARCO ante Reglaria

Si Enucem, S. de R.L. de C.V. trata tus datos, ejércelos aquí (o escribe a [email protected]; la ley no te obliga a usar el formulario).

Recibimos tu solicitud. Este es tu acuse.

Folio:

Fecha de recepción:

Responderemos a más tardar el (20 días hábiles, Art. 31).

Guarda tu folio. El ejercicio es gratuito (Art. 34).

Contenido orientativo con base en la LFPDPPP (última reforma DOF 14-11-2025); citamos los artículos por número. No constituye asesoría legal. El Reglamento de la ley sigue pendiente de publicarse: algunos formatos y detalles del procedimiento ante la autoridad pueden precisarse cuando salga.