Guía de la ley
¿Qué es la LFPDPPP?
La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares es la ley que regula cómo los negocios privados pueden recabar, usar, guardar y compartir los datos personales de las personas en México. Aquí te la explicamos en simple, con el fundamento de cada punto.
El punto de partida
Qué regula la LFPDPPP y a quién obliga
La LFPDPPP rige el tratamiento de datos personales por parte de particulares: empresas y profesionistas que recaban datos para operar. Ordena informar al titular antes de recabar, obtener su consentimiento cuando la finalidad lo exige y atender las solicitudes de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los plazos de la ley. Si trabajas en salud hay además una norma aparte para los sistemas electrónicos: la NOM-024.
Los conceptos base
Cuatro palabras que hay que entender
La ley entera se sostiene sobre estas cuatro. Quien las distingue, entiende el resto.
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Titular
La persona a quien pertenecen los datos personales. Tú, tu cliente, tu paciente.
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Responsable
Quien decide sobre el tratamiento de los datos: el negocio que los recaba.
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Datos personales
Cualquier información que identifica o hace identificable a una persona: nombre, teléfono, correo, RFC, dirección.
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Datos sensibles
Un subconjunto de mayor protección (salud, origen étnico, religión, preferencia sexual). Requieren consentimiento expreso y por escrito.
Qué te obliga a hacer
Las obligaciones centrales de la ley
Los ocho principios de la ley —licitud, consentimiento, información, calidad, finalidad, lealtad, proporcionalidad y responsabilidad— se concretan en cuatro deberes que sí se pueden comprobar desde fuera:
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Poner a disposición un aviso de privacidad
Antes o al momento de recabar los datos, con todos los elementos que exige la ley. Es la obligación más visible y la que se revisa primero.
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Recabar el consentimiento
Tácito, expreso o expreso y por escrito, según el tipo de dato y la finalidad.
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Atender los derechos ARCO
Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición, con plazos, un medio para ejercerlos y una persona o área que dé trámite a las solicitudes.
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Implementar medidas de seguridad
Administrativas, físicas y técnicas para proteger los datos (Art. 18).
Quién vigila
La autoridad cambió en 2025; el Reglamento sigue en 2011
Hasta 2025 la autoridad en la materia era el INAI. El 21 de marzo de 2025 entró en vigor una LFPDPPP nueva que abrogó la de 2010: el INAI se extinguió y sus funciones pasaron a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, así que cualquier aviso que todavía lo nombre quedó desactualizado. El Reglamento, en cambio, sigue siendo el de 2011. Qué más cambió en 2025 y la guía del Reglamento pendiente.
Ponte al día
¿Tu aviso todavía nombra al INAI?
El INAI se extinguió en 2025 y sus funciones pasaron a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. Cualquier aviso que lo siga nombrando quedó desactualizado. Revisar el tuyo no pide cuenta.
Preguntas frecuentes