Cumplimiento LFPDPPP · México · revisado a octubre de 2026

El aviso de privacidad que sí cumple la ley mexicana

Genera tu aviso de privacidad gratis, integral y simplificado, listo para publicar hoy. Y si ya tienes uno, revísalo: la ley cambió en 2025 y la mayoría de los avisos publicados quedó desactualizada.

Cuatro cosas de tu negocio, en regla: Aviso Marcas Términos ARCO
Ejemplo de sello de Reglaria
Aviso de Privacidad · Integral RG-MSTR-0000

Tu negocio es responsable del tratamiento de los datos personales que recaba, conforme a la LFPDPPP vigente.

1 Identidad y domicilio · 2 Datos que tratamos · 3 Datos sensibles · 4 Finalidades primarias · 5 Finalidades secundarias · 6 Transferencias · 7 Consentimiento de transferencia · 8 Derechos ARCO · 9 Revocación · 10 Limitación (REPEP) · 11 Cookies · 12 Cambios · 13 Autoridad, fecha y versión

Las 13 secciones que exigen la LFPDPPP y su Reglamento, integral y simplificado.

16.8% de esos avisos aún cita al INAI, extinto desde 2025 del mismo estudio (167 de 992)
13 secciones que tu aviso debe llevar, integral y simplificado LFPDPPP + su Reglamento

Ni TermsFeed ni iubenda cubren la LFPDPPP —lo comprobamos con su propia cláusula y captura fechada, no con adjetivos. Ver la comparación →

Cómo funciona

De tu sitio a un aviso al día, en tres pasos

  1. 1

    Pega tu aviso o responde

    Danos la URL de tu sitio o responde unas preguntas por giro. Sin redactar de cero.

  2. 2

    Revisamos contra la ley

    Verificamos las 13 secciones que exigen la LFPDPPP y su Reglamento, y marcamos lo que falta.

  3. 3

    Obtén tu aviso corregido

    Descárgalo en PDF o copia el HTML, integral y simplificado. Gratis.

Qué incluye tu aviso

Los detalles que casi nadie pone bien

Cada elemento va anclado a su fundamento en la ley y su Reglamento. Aquí es donde se nota la diferencia:

  • Cadena completa de plazos ARCO

    20 días hábiles para determinar y 15 para ejecutar (Art. 31), más los 5 para requerir y 10 para subsanar (Reglamento 2011, Art. 96). Casi nadie la pone entera.

  • Encargados y transferencias, separados

    Tu proveedor de pagos o de correo trata datos por tu cuenta: es encargado, no una transferencia (Art. 67 del Reglamento).

  • Advertencia de los 5 días

    El titular tiene 5 días hábiles para negarse a las finalidades secundarias. Casi ningún aviso la incluye.

  • Limitación de uso vía REPEP

    La limitación no es un derecho ARCO: se ejerce por el Registro Público para Evitar Publicidad de PROFECO.

  • Datos sensibles declarados

    Se señala expresamente si se tratan o no, sin clasificar el RFC como sensible (Art. 2, fr. VI).

  • Autoridad vigente

    La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno; nunca el INAI, extinto desde 2025.

La ley nueva 2025

Casi cualquier aviso anterior a marzo de 2025 quedó desactualizado

El 21 de marzo de 2025 entró en vigor una nueva LFPDPPP. El INAI desapareció y la autoridad pasó a la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno; también se recorrió la numeración de varios artículos. Un aviso que aún nombre al INAI o cite el artículo 37 quedó fuera de la ley vigente.

  • INAI→Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
  • Artículo 37 (excepciones)→Artículo 36
  • Ley del 5 de julio de 2010→LFPDPPP (DOF 20 de marzo de 2025)

¿Tu aviso menciona al INAI?

Si sí, quedó desactualizado. Revísalo gratis en segundos o genera uno nuevo conforme a la ley vigente. Revisar el tuyo no pide cuenta. Generar uno nuevo empieza con tu cuenta de Google, sin crear contraseña.

Registro de marca

Tu nombre, protegido por diez años

El aviso de privacidad te pone en regla con tus clientes. El registro de marca protege tu nombre y tu logo frente a cualquiera que quiera usarlos primero. Presentas tu solicitud ante el IMPI, y si te otorgan el registro, los diez años de vigencia corren desde esa fecha de otorgamiento (art. 178 LFPPI).

Estudio de viabilidad

$990 IVA incluido

  • Búsqueda de anterioridades entre marcas registradas y solicitudes en trámite
  • Clase de Niza recomendada para tu giro
  • Informe escrito con los hallazgos

No incluye la presentación de la solicitud ante el IMPI.

Elegir este paquete

El más elegido

Registro de marca

$5,990 IVA incluido

  • El estudio de viabilidad, como primer paso
  • Presentación de tu solicitud ante el IMPI (una clase)
  • Acompañamiento hasta la resolución del Instituto

El registro no está garantizado: el IMPI resuelve con su propio examen de fondo.

Elegir este paquete

¿Ya pagaste el estudio de viabilidad? El registro te cuesta $5,000.00. El descuento va sobre el honorario; la tarifa del IMPI no se descuenta.

Plazo: informe del estudio de viabilidad en 2 a 3 días hábiles; presentación ante el IMPI en 5 días hábiles.

Precio fijo: $5,990 por una clase. Sin cobros sorpresa.

Requerimiento de forma (documento faltante, clasificación mal redactada, corrección de datos del titular): incluido en el precio.

Requerimiento de fondo (cita de un impedimento legal o de una anterioridad, que exige argumento jurídico): honorario de Reglaria $2,500.00, publicado. Aparte va la tarifa oficial del IMPI por presentar el escrito, $377.89 (art. 29 del Acuerdo de Tarifa): esa la cobra el Instituto, no Reglaria, y es la misma tarifa en los dos tipos de requerimiento.

Oposición de tercero (alguien se opone a tu solicitud): honorario de Reglaria $3,950, publicado, más la tarifa oficial del IMPI del art. 14 b.

Contestar un requerimiento, de forma o de fondo, no es trámite nuevo. Lo que sí lo es, con su propia tarifa de nueva solicitud y una nueva fecha de presentación, es modificar tu marca o tus productos y servicios (art. 227 LFPPI): pasa igual si lo pide un requerimiento del IMPI que si lo decides tú mismo sin que nadie te lo pida.

Si no se contesta dentro del plazo, o no se paga la tarifa de la prórroga de dos meses del art. 226 LFPPI ($154.00 por mes adicional, art. 31 del Acuerdo), la solicitud se tiene por abandonada.

Preguntas frecuentes

Sobre el aviso de privacidad en México

Entras con tu cuenta de Google, respondes unas preguntas sobre tu negocio (qué datos recabas y para qué) y el generador arma tu aviso integral y simplificado conforme a la ley vigente. Lo ves en pantalla y lo descargas gratis.
Es el documento con el que quien recaba tus datos personales te informa quién es, qué datos trata, para qué los usa y cómo puedes ejercer tus derechos. Lo exige la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP, publicada en el DOF el 20 de marzo de 2025, con última reforma del 14 de noviembre de 2025): todo negocio que trate datos personales debe tenerlo.
Puedes generarlo gratis aquí. Si ya tienes uno, primero conviene revisarlo: con la ley nueva de 2025 muchos avisos quedaron desactualizados (por ejemplo, los que aún citan al INAI, que ya no existe).
La LFPDPPP (vigente desde el 21 de marzo de 2025) y su Reglamento exigen que el aviso informe la identidad y domicilio del responsable, los datos y finalidades (distinguiendo las que requieren consentimiento), las transferencias, los derechos ARCO y cómo ejercerlos, la revocación, la limitación de uso, los cambios al aviso y la autoridad competente, entre otros elementos.
No. La LFPDPPP es la ley general de protección de datos personales; la NOM-024-SSA3-2012 es una norma específica para expedientes clínicos electrónicos en el sector salud. Si operas un consultorio o clínica, te aplican las dos.