Aviso por giro · Inmobiliario
Aviso de privacidad para una inmobiliaria
Una inmobiliaria trata de los datos más delicados del ciclo comercial: patrimonio, capacidad de pago, referencias y los datos del aval o fiador. Consultas buró de crédito e inquilinario, y la compraventa de inmuebles es actividad vulnerable para la prevención de lavado. Un aviso genérico no cubre nada de eso.
Para calificar a un arrendatario o cerrar una compraventa recabas datos patrimoniales —ingresos, capacidad de pago, escrituras, predial— y datos de terceros que no son tu cliente: el aval, el fiador, el obligado solidario, referencias personales y comerciales, e incluso el cónyuge y el régimen matrimonial. Tu aviso debe declarar que tratas datos de esos terceros y que quien te los entrega debe haberles informado. La verificación en buró de crédito e inquilinario merece mención expresa: esas consultas son transferencias a sociedades de información crediticia y a burós de arrendamiento.
Y hay una capa que casi ningún aviso inmobiliario declara: la prevención de lavado. La compraventa y el desarrollo de inmuebles son actividad vulnerable en la LFPIORPI; al superar los umbrales debes identificar al cliente (“conocimiento del cliente”), integrar un expediente y presentar avisos a la autoridad. Eso es, a la vez, una finalidad de tratamiento y una transferencia que tu aviso tiene que informar, sin esconderla.
Qué datos recaba una inmobiliaria (del cliente y del aval/fiador)
- Datos patrimoniales
- Datos de aval o fiador, obligados solidarios
- Referencias personales y comerciales
- Régimen matrimonial
- Datos de Escritura y predial del inmueble
- Capacidad de pago
- Información sobre su cónyuge, herederos, legatarios y beneficiarios
- Antecedentes legales del vendedor y comprador
Datos sensibles: salud y antecedentes de las partes
Sensibles del giro (art. 8: consentimiento expreso y por escrito):
- Datos de estado de salud
- Declarados por 1 de 12 avisos (Desarrolladora del Parque), que los clasifica expresamente como sensibles. Sólo se justifican en desarrollos con servicios asistenciales o cuando el seguro de vida asociado al crédito los exige; requieren consentimiento expreso y por escrito (art. 9 LFPDPPP).
- Antecedentes legales o judiciales de las partes
- Recabados por 1 de 12 avisos (Bienes Raíces Quintana Roo). No están enumerados como sensibles en el art. 2, fr. VI, de la LFPDPPP, pero su tratamiento genera riesgo alto de discriminación: documentar la base legal, restringir el uso a la debida diligencia de la operación y no conservarlos más allá del cierre.
Para qué usa los datos una inmobiliaria
Finalidades primarias (dan origen a la relación; sin casilla de negativa):
- Proveer los servicios inmobiliarios solicitados y brindar el servicio conforme al contrato celebrado
- Corroborar la identidad del titular y la veracidad de la información proporcionada
- Operar y registrar los productos o servicios contratados por el titular
- Elaborar contratos de arrendamiento, convenios transaccionales y contratos de compraventa de inmuebles
- Integrar y administrar el expediente del titular
- Investigar la solvencia crediticia y la capacidad de pago del titular, de sus avales, fiadores u obligados solidarios
- Auxiliar al titular en la gestión de créditos hipotecarios y realizar las gestiones necesarias ante terceros
- Cumplir con las disposiciones de conocimiento del cliente y de prevención de operaciones con recursos de procedencia ilícita
- Cumplir las políticas de seguridad física y de protección civil del desarrollo
- Proporcionar asesoría inmobiliaria y notarial
- Emitir el comprobante fiscal digital por internet (CFDI) correspondiente
Tus encargados (investigación inquilinaria, mensajería, promoción)
Encargados (tratan datos por tu cuenta; no son transferencias):
- Proveedor de investigación crediticia e inquilinaria (p. ej. Análisis e Información Aplicada, S. de R.L. de C.V.) — Integración del estudio de solvencia por cuenta e instrucción del responsable
- Empresas de mensajería — Envío y entrega de documentación contractual por cuenta del responsable
- Consultores externos de promoción y comercialización — Gestión de campañas y contacto comercial siguiendo las instrucciones del responsable
Transferencias: buró de crédito e inquilinario, notarios, autoridad
Transferencias (a terceros que usan los datos para fines propios; excepciones, art. 36):
- Sociedades de información crediticia (Buró de Crédito, Círculo de Crédito) — Consulta e investigación de la solvencia crediticia del titular, su aval o fiador (requiere consentimiento expreso del titular (datos patrimoniales y financieros, artículo 7 de la LFPDPPP), además de la autorización específica que exige la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia)
- Burós inquilinarios y de arrendamiento (Buró Arrendador, Sistema Nacional de Investigación y Calificación Inquilinaria, Registro Nacional Arrendatario, Buró de Seguridad Inmobiliaria) — Investigación de solvencia y antecedentes del arrendatario y reporte de su comportamiento de pago (requiere consentimiento expreso del titular)
- Notarios públicos y notarías — Formalización en escritura pública de la operación inmobiliaria (art. 36 fr. VII LFPDPPP (precisa para el mantenimiento o cumplimiento de una relación jurídica entre el responsable y el titular))
- Registro Público de la Propiedad — Inscripción y publicidad registral del acto jurídico (art. 36 fr. I LFPDPPP (transferencia prevista en una Ley o Tratado del que México sea parte) · art. 36 fr. V LFPDPPP (necesaria o legalmente exigida para la salvaguarda de un interés público, o para la procuración o administración de justicia))
- Instituciones financieras, de crédito e hipotecarias — Trámite, evaluación y otorgamiento del crédito hipotecario o del financiamiento de la operación (requiere consentimiento expreso del titular (datos patrimoniales y financieros, artículo 7 de la LFPDPPP))
- Peritos valuadores — Elaboración del avalúo del inmueble objeto de la operación (art. 36 fr. VII LFPDPPP (precisa para el mantenimiento o cumplimiento de una relación jurídica entre el responsable y el titular))
- Servicio de Administración Tributaria (SAT) — Emisión de CFDI y cumplimiento de obligaciones fiscales (art. 36 fr. I LFPDPPP (transferencia prevista en una Ley o Tratado del que México sea parte))
- Sociedades del mismo grupo del responsable (p. ej. Inmobiliaria Chablekal, S.A. de C.V.; Multiservicios Inmobiliarios Turísticos) — Operación conjunta del desarrollo y administración de servicios (art. 36 fr. III LFPDPPP (sociedades controladoras, subsidiarias o afiliadas bajo control común, o del mismo grupo, que operan bajo los mismos procesos y políticas internas))
- Desarrolladores inmobiliarios y terceros pagadores — Comercialización de unidades y gestión de pagos por cuenta de terceros (requiere consentimiento del titular)
- Despachos jurídicos externos — Atención de controversias y cobranza judicial (art. 36 fr. VI LFPDPPP (precisa para el reconocimiento, ejercicio o defensa de un derecho en un proceso judicial))
Normativa sectorial que también te aplica
Normas del sector que concurren con la LFPDPPP:
- Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (actividad vulnerable: compraventa y desarrollo de inmuebles; 1 aviso la refiere como 'conocimiento del cliente')
- Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia (implícita en la consulta a Buró y Círculo de Crédito)
- Legislación notarial y registral local para la formalización e inscripción de la operación
A la fecha de este documento, el Reglamento de la LFPDPPP (nueva ley en vigor desde el 21 de marzo de 2025) aún no ha sido publicado: el Transitorio Décimo Segundo ordena al Ejecutivo expedir las adecuaciones a los reglamentos y demás disposiciones aplicables dentro de los noventa días naturales siguientes a la entrada en vigor. Por eso ni el Reglamento ni los Lineamientos anteriores se citan como normativa en vigor; se cita la ley, y ciertos formatos y términos procesales ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno están pendientes de definirse.
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Contenido orientativo por giro con base en la LFPDPPP vigente · revisado a agosto de 2026 y la normativa citada; no es asesoría legal. Reglaria no es autoridad ni tiene aval oficial.
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