Programa de Avisos Verificados de Reglaria

Criterios del sello

Este documento describe qué comprueba Reglaria antes de emitir un sello, con qué método, y qué queda a cargo del negocio que lo porta. Se publica para que cualquier persona pueda leerlo sin pedirlo, y para que un negocio sepa de antemano a qué se compromete.

Alcance

El sello se emite sobre un documento: el aviso de privacidad que Reglaria genera y hospeda para un negocio, conforme a la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares. El alcance del sello es ese documento y la infraestructura que lo sostiene.

El tratamiento de datos personales que el negocio realiza en su operación diaria queda bajo su responsabilidad. Reglaria trabaja con la información que el negocio proporciona al generar su aviso y no audita sus sistemas, sus contratos ni sus procesos internos. Un sello vigente acredita que el documento existe, quién lo generó, cuándo, bajo qué versión del documento, y que sus mecanismos de contacto funcionan.

Lo que se comprueba antes de emitir

  • El texto normativo vigente

    El aviso se genera con el texto normativo que Reglaria mantiene contra el texto de la Ley publicado en el Diario Oficial de la Federación. Cada aviso queda sellado con la versión exacta del documento con la que se generó, y esa versión aparece en la página de verificación. Un aviso generado en marzo no se convierte silenciosamente en un aviso de septiembre.

  • Los elementos que la Ley exige

    El texto normativo cubre los elementos del artículo 15 y, cuando el aviso se recaba por medios electrónicos, la versión simplificada que exige el artículo 16. El generador no permite emitir un aviso al que le falte un elemento obligatorio.

  • El mecanismo de derechos ARCO

    Cada aviso hospedado incluye un canal por el que un titular puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante el negocio. El canal es un formulario que entrega la solicitud al negocio, con acuse para el titular. Reglaria no responde solicitudes ARCO en nombre de nadie: los plazos de los artículos 28 a 32 corren para el negocio, y el canal existe para que le lleguen.

  • La identidad fiscal

    Reglaria compara la razón social, el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y el código postal declarados contra el padrón del Servicio de Administración Tributaria (SAT), y el resultado se muestra en la página de verificación de cada sello. El sello queda vigente solo mientras este cotejo está confirmado.

  • La dirección permanente

    El aviso vive en una dirección que no cambia mientras el sello esté vigente, y el número de serie del sello resuelve siempre a esa dirección. Un sello que apunta a una página que ya no existe no es un sello.

Cada cuánto se revisa

Una fecha detenida y verdadera vale más que una diaria que no significa nada

Reglaria vigila a diario las fuentes oficiales de las que depende el texto normativo y registra la fecha de la última revisión en la que todas respondieron y coincidieron con su versión conocida. Esa fecha aparece en las páginas de producto. Cuando una fuente cambia o deja de responder, la fecha deja de avanzar y el caso pasa a revisión humana. Cuando la revisión concluye que la Ley cambió, los avisos afectados se marcan para regeneración y el negocio recibe aviso.

Lo que queda a cargo del negocio

El negocio declara qué datos recaba, para qué los usa, con quién los comparte y quién responde por ellos. Reglaria construye el documento con esas declaraciones. Mantenerlas al día cuando la operación cambia, publicar el aviso donde se recaban los datos, y atender las solicitudes ARCO dentro de los plazos legales corresponde al negocio.

Cuándo se retira un sello

Un sello deja de estar vigente cuando el negocio da de baja su aviso. Esta baja es definitiva: su canal ARCO deja de recibir solicitudes nuevas de inmediato, y las solicitudes ya recibidas siguen visibles para que el negocio pueda responderlas dentro de sus plazos.

Un sello se suspende, aparte de la baja, cuando el cotejo de identidad fiscal todavía no se ha confirmado: porque el negocio no ha capturado sus datos fiscales, o porque los capturó y el SAT todavía no confirma el resultado. Un intento que no obtuvo respuesta del SAT se reintenta solo; mientras tanto el cotejo sigue sin confirmar, no contradicho, y el sello se trata igual que cualquier otro sin confirmar.

Un sello también se suspende cuando el SAT confirma que el RFC, la razón social o el código postal declarados no coinciden con su padrón.

Las dos suspensiones fiscales son reversibles y automáticas. En cuanto el negocio captura o corrige sus datos y el SAT confirma la coincidencia, el mismo sello vuelve a estar vigente, con el mismo folio, sin que el negocio tenga que volver a pegar nada en su sitio.

Reportar un sello

Si encuentra este sello en un sitio que no corresponde, puede reportarlo desde la propia página de verificación de ese sello, o directamente aquí. Cada reporte se revisa.

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