Aviso por giro · Salud

Aviso de privacidad para un consultorio de fisioterapia y rehabilitación

Cada sesión que documentas es un dato de salud: el padecimiento por el que te refieren al paciente, el plan de tratamiento y la nota de evolución de cada visita son sensibles desde la primera consulta. Un aviso genérico no cubre eso, y tampoco cubre el consentimiento expreso y por escrito que la ley exige para recabarlo.

En cada expediente

La rehabilitación es la finalidad, y hay que poder justificarla

Un consultorio de fisioterapia trata datos sensibles en cada expediente, no en casos excepcionales. El artículo 8 exige consentimiento expreso y por escrito antes de recabar el padecimiento, la valoración funcional, el plan y las notas de evolución; y el mismo artículo pide poder justificar por qué los conservas, con una finalidad concreta que es la rehabilitación misma.

Lo que no comparte con otros giros

Cuatro datos que sólo aparecen en fisioterapia

Ninguno cabe en la ficha de un consultorio general, y todos cambian el tratamiento.

  • 1
    Marcapasos, osteosíntesis, prótesis o implantes metálicos
    Deciden si se puede aplicar electroterapia o aparatología. Es estado de salud y va con consentimiento expreso.
  • 2
    Antecedentes quirúrgicos y mecanismo de la lesión
    No es historia clínica de adorno: define el plan. Y por eso mismo es dato sensible.
  • 3
    Embarazos, partos y cesáreas recientes
    Cuando aplican, condicionan qué se puede hacer y qué no. Entran al expediente como sensibles.
  • 4
    Fotografía y video de movimiento
    Con fines de valoración documentan una condición física, así que son registro clínico, no material de portafolio.

Qué datos recaba un consultorio de fisioterapia

  • Diagnóstico médico por el que se refiere al paciente y pase médico
  • Antecedentes quirúrgicos, lesiones y accidentes previos
  • Presencia de marcapasos, material de osteosíntesis o implantes metálicos
  • Embarazos, partos y cesáreas
  • Valoración funcional, arcos de movilidad, fuerza muscular y marcha
  • Pedigrafía y análisis de la pisada
  • Plan de tratamiento y número de sesiones autorizadas
  • Mecanismo de la lesión y datos del accidente laboral o deportivo
  • Deporte o actividad física que practica
  • Informe de fisioterapia enviado al médico tratante

La salud es constitutiva del giro, no incidental

Sensibles del giro (art. 8: consentimiento expreso y por escrito):

Estado de salud: padecimiento actual, diagnóstico por el que se refiere al paciente, valoración funcional, plan de tratamiento y notas de evolución de cada sesión
Dato sensible nuclear del giro conforme al artículo 2, fracción VI de la LFPDPPP; exige consentimiento expreso y por escrito conforme al artículo 8, recabado al abrir el expediente y no de forma tácita al firmar la hoja de registro.
Presencia de marcapasos, material de osteosíntesis, prótesis, implantes metálicos y dispositivos
Determina la contraindicación absoluta o relativa de la electroterapia, la diatermia, el ultrasonido terapéutico y la magnetoterapia. Su finalidad es estrictamente de seguridad clínica y debe estar disponible para el terapeuta que aplica el agente físico.
Antecedentes quirúrgicos, lesiones, accidentes y mecanismo de la lesión
Datos de salud. Cuando la lesión deriva de un accidente laboral o de tránsito, el dato adquiere además relevancia probatoria frente a la aseguradora, el patrón o el IMSS, lo que aumenta el riesgo de uso indebido: debe transferirse solo lo necesario para el trámite y nunca el expediente completo.
Embarazos, partos y cesáreas
El embarazo contraindica varias modalidades terapéuticas y la rehabilitación de piso pélvico y posparto lo requiere. Es dato de salud sensible y su revelación indebida a un empleador puede dar origen a discriminación laboral.
Discapacidad, grado funcional y necesidades de apoyo
Dato de salud. Su finalidad legítima es diseñar el plan de rehabilitación y los ajustes razonables, nunca condicionar el acceso al servicio ni alimentar bases de datos comerciales.
Fotografías, videos y registros de movimiento con fines de valoración y seguimiento
Muestran el cuerpo del paciente y su condición funcional: son datos de salud. Su uso para el expediente es finalidad primaria; su publicación como caso de éxito o material promocional es secundaria y exige autorización escrita separada, específica y revocable.
Ocupación, deporte que practica, datos de la aseguradora, RFC y datos de facturación (NO son sensibles)
Aclaración deliberada. La ocupación y el deporte son datos laborales y de estilo de vida que el giro recaba por su valor clínico, pero no constituyen por sí mismos datos sensibles; los datos de la póliza y de facturación son financieros y fiscales.

Para qué usa los datos

Finalidades primarias (dan origen a la relación; sin casilla de negativa):

  • Prestar los servicios de terapia física, rehabilitación y valoración solicitados por el paciente
  • Elaborar, actualizar y conservar el expediente clínico del paciente y las notas de evolución de cada sesión
  • Realizar la valoración inicial, la exploración funcional y la pedigrafía para determinar el plan de tratamiento
  • Identificar y registrar al paciente y verificar su identidad
  • Detectar contraindicaciones y riesgos del tratamiento, en particular la presencia de marcapasos, implantes metálicos, embarazo y alergias
  • Agendar, confirmar y controlar las sesiones y el avance del plan de tratamiento
  • Enviar recordatorios de la sesión, indicaciones y ejercicios domiciliarios
  • Elaborar, enviar y recibir pases médicos e informes de fisioterapia con el médico tratante que refiere al paciente
  • Cobrar las sesiones y los paquetes, emitir comprobantes fiscales y llevar la contabilidad
  • Gestionar la autorización y el pago de las sesiones ante la aseguradora, la empresa o la institución que cubre al paciente
  • Recabar el consentimiento informado de las técnicas y agentes físicos que se aplicarán
  • Contactar a la persona designada por el paciente en caso de urgencia durante la sesión
  • Atender dudas, quejas y aclaraciones del paciente
  • Cumplir las obligaciones legales, fiscales y sanitarias a cargo del responsable
  • Acreditar la debida prestación del servicio y defender los derechos del responsable ante quejas o procedimientos

Tus encargados (no son transferencias)

Encargados (tratan datos por tu cuenta; no son transferencias):

  • Proveedor del sistema de expediente clínico y de gestión de la clínica — Captura, almacenamiento y respaldo del expediente y de las notas de sesión por instrucción del responsable
  • Plataforma de agenda y recordatorio de citas — Programación de sesiones y envío de recordatorios al paciente
  • Proveedor de hospedaje web y servicios en la nube — Alojamiento del sitio, de la aplicación de pacientes y de los respaldos
  • Proveedor de la aplicación de pacientes y de infraestructura de autenticación en la nube — Autenticación, almacenamiento y consulta de la información por rol
  • WhatsApp — Canal de mensajería para recordatorios, indicaciones y ejercicios domiciliarios
  • Proveedor autorizado de certificación (PAC) — Timbrado y emisión de comprobantes fiscales digitales por internet
  • Despacho contable externo — Registro contable y cumplimiento de obligaciones fiscales por cuenta del responsable
  • Agencia de marketing digital y administrador de redes sociales — Gestión de campañas y publicación de contenidos por instrucción de la clínica
  • Empresa de destrucción certificada de documentos — Destrucción segura de expedientes al concluir el plazo de conservación
  • Pasarela de pago y terminal punto de venta — Procesamiento de pagos con tarjeta de crédito o débito
  • PayPal — Procesamiento de pagos en línea
  • Stripe — Procesamiento de pagos con tarjeta
  • Shopify Payments — Procesamiento de pagos con tarjeta
  • Mercado Pago — Procesamiento de pagos en línea
  • Clip — Procesamiento de pagos con tarjeta en punto de venta
  • Conekta — Procesamiento de pagos y referencias en efectivo
  • Openpay — Procesamiento de pagos en línea

A quién transfiere (médico que refiere, aseguradora)

Transferencias (a terceros que usan los datos para fines propios; excepciones, art. 36):

  • Médico tratante que refiere al paciente y médicos interconsultantes — Enviar el informe de fisioterapia, recibir el pase médico y coordinar la continuidad del tratamiento (art. 36 fr. II LFPDPPP (transferencia necesaria para la prevención o el diagnóstico médico, la prestación de asistencia sanitaria, tratamiento médico o la gestión de servicios sanitarios))
  • Instituciones de seguros y administradores de siniestros — Tramitar la autorización, el pago directo o el reembolso de las sesiones amparadas por la póliza contratada por el paciente (art. 36 fr. IV LFPDPPP (transferencia necesaria por virtud de un contrato celebrado o por celebrar en interés de la persona titular))
  • Empresa o institución que refirió al paciente y que cubre su rehabilitación — Reportar el avance y facturar las sesiones al amparo del convenio de rehabilitación laboral o deportiva (art. 36 fr. IV LFPDPPP (transferencia necesaria por virtud de un contrato celebrado o por celebrar en interés de la persona titular))
  • Hospitales, clínicas y centros de especialidad — Continuar la atención del paciente y coordinar procedimientos que exceden el ámbito de la fisioterapia (art. 36 fr. II LFPDPPP (transferencia necesaria para la prevención o el diagnóstico médico, la prestación de asistencia sanitaria, tratamiento médico o la gestión de servicios sanitarios))
  • Laboratorios y gabinetes de imagen a los que se canaliza al paciente — Practicar los estudios necesarios para valorar la evolución del padecimiento (art. 36 fr. II LFPDPPP (transferencia necesaria para la prevención o el diagnóstico médico, la prestación de asistencia sanitaria, tratamiento médico o la gestión de servicios sanitarios))
  • Instituto Mexicano del Seguro Social y autoridades laborales — Acreditar la atención derivada de un riesgo de trabajo y atender los trámites correspondientes (art. 36 fr. I LFPDPPP (transferencia prevista en una Ley o Tratado del que México sea parte))
  • Servicio de Administración Tributaria (SAT) — Emitir comprobantes fiscales y cumplir las obligaciones tributarias del responsable (art. 36 fr. I LFPDPPP (transferencia prevista en una Ley o Tratado del que México sea parte))
  • Autoridades judiciales, ministerios públicos y autoridades administrativas — Atender requerimientos fundados y motivados, incluidos los peritajes derivados de accidentes (art. 36 fr. V LFPDPPP (salvaguarda de un interés público o procuración y administración de justicia))
  • Instituciones bancarias y financieras — Procesar los pagos y las devoluciones del paciente (art. 36 fr. VII LFPDPPP (mantenimiento o cumplimiento de la relación jurídica entre el responsable y la persona titular))
  • Equipos, clubes y federaciones deportivas del paciente — Informar la aptitud y el avance de la rehabilitación del deportista (requiere consentimiento del titular)
  • Otras sucursales y sociedades afiliadas de la misma red de clínicas — Continuidad del tratamiento del paciente en cualquier sucursal bajo procesos y políticas internas comunes (art. 36 fr. III LFPDPPP (sociedades controladoras, subsidiarias o afiliadas bajo el control común del responsable, o sociedad del mismo grupo que opera bajo los mismos procesos y políticas internas))

Normativa sectorial que también te aplica

Normas del sector que concurren con la LFPDPPP:

  • NOM-004-SSA3-2012, Del expediente clínico (numeral 5.4: conservación mínima de 5 años contados desde el último acto médico; numeral 5.16: los expedientes de atención ambulatoria independiente se ajustan a la naturaleza de los servicios prestados; numeral 5.5.1: entrega a terceros solo mediante solicitud escrita del paciente, tutor o representante legal)
  • Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Prestación de Servicios de Atención Médica, Capítulo VIII, Disposiciones para la Prestación de Servicios de Rehabilitación, y artículo 134 sobre el manejo del expediente por personal autorizado
  • Ley General de Salud, en materia de prestación de servicios de atención médica y de rehabilitación
  • Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, en lo relativo a la habilitación y rehabilitación
  • Aviso de funcionamiento y responsable sanitario ante COFEPRIS del establecimiento de atención médica

Revisado contra la LFPDPPP vigente el 16 de octubre de 2026.

Cómo se firma

Tres caminos válidos para el consentimiento

La ley admite firma autógrafa en papel, firma electrónica o aceptación registrada en tu propio sistema con usuario y contraseña. Si tu consultorio también da consulta de nutrición, la ficha de sensibles cambia: el aviso de un consultorio de nutrición.

Empecemos

Genera el aviso de tu consultorio de fisioterapia

El generador arma tu aviso y además el formato de consentimiento en blanco, ajustado a los sensibles del giro y a la rehabilitación como finalidad concreta.